¿Qué opciones legales tengo para evitar una quiebra?

Es recurrente en estos tiempos, la pregunta respecto de la figura legal a la que puede acceder cualquier compañía regulada por la Superintendencia de Compañías y Seguros del Ecuador, a efectos de evitar su quiebra.

Uno de los principales consejos (para compañías) sería el siguiente:

  1. Acójase a un concordato con sus acreedores: Esta figura está prevista en la ley. Usted puede protegerse bajo la normativa ecuatoriana y firmar un concordato con sus acreedores. Esta es una figura legal que en varias provincias del Ecuador es subutilizada –y hasta muy poco conocida-, que trae grandes beneficios. El acuerdo en mención, le podría representar a Usted los siguientes beneficios:
  • Conservar la empresa;
  • Tiende a facilitar la extinción de las obligaciones de la compañía;
  • Regula las relaciones entre deudor y acreedor;
  • Permite la reestructuración de pasivos;
  • Se puede transformar créditos de corto plazo, en créditos de mediano y largo plazo;
  • Se suspende toda clase de procesos judiciales de carácter patrimonial;
  • Se suspende toda medida cautelar dictada contra el deudor;
  • El acuerdo o concordato entre el deudor y acreedor puede tener un plazo máximo de hasta siete años;
  • Guardar la tranquilidad, trabajando eficientemente, sin temor de sus pasivos.

Usted deberá cumplir ciertos requisitos, para proponer y obtener los beneficios de esta figura legal. Las compañías que se encuentren en estado de “cesación de pagos”, deben celebrar un concordato con sus acreedores a efectos de salvar su compañía. Si no lo hacen, se procede conforme a ley; es decir, dándose la posible disolución y liquidación de la sociedad.

También hay la posibilidad legal de que las personas naturales -comerciantes o no- se acojan a un concurso preventivo, a efectos de lograr acuerdos con sus acreedores, suspender procesos de ejecución; y obtener la posibilidad de refinanciar sus obligaciones.

Si Usted tiene dudas o interés respecto de estas figuras legales, debe asesorarse con el especialista legal de su confianza.

Jorge Jaramillo Garcia

Socio – Director de Solve

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Empresarios se quejaron de un ‘bullyng’ normativo

El 84% de un grupo de empresas que totalizan $ 10 mil millones de ingresos registran disminución en sus ventas en el primer trimestre del año en comparación con los últimos tres meses del año pasado.

Esto es parte de los resultados de una encuesta realizada por el Comité Empresarial Ecuatoriano (CEE), cuyo titular, Richard Martínez, hizo pública ayer, en Guayaquil, para demostrar la situación que atraviesa el sector productivo frente a las reformas tributarias implantadas por el Gobierno.

La última, la Ley de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana, que entre otros puntos dispone el incremento del IVA del 12% al 14%, llegó ayer al Registro Oficial y se espera que se publique hoy.

Según el estudio, los factores que incidieron en los resultados de este primer trimestre son la falta de liquidez (34%), el aumento de incertidumbre y desconfianza (19%), y los costos altos por impuestos y restricciones comerciales (19%).

“Las empresas se están quedando sin oxígeno (…), la falta de liquidez es cada vez más apremiante”, indicó Martínez, quien aseguró que la política económica está a la deriva.

A la vez denunció falta de coherencia con la situación del país por parte del Gobierno al señalar que el gasto corriente no financiero en el sector público se incrementó el 6% en el primer trimestre del año y pidió el cese del “bullyng normativo” al sector empresarial.

Pablo Arosemena, presidente de la Federación de Cámaras de Comercio, indicó que en los últimos 9 años se han dado 52 reformas, entre leyes y reglamentos tributarios.

Mientras, Pablo Alarcón, presidente de la Cámara de Comercio de Quito, expresó que con las reformas recientes se trata de sacar el 3% del valor del PIB (Producto Interno Bruto) del bolsillo de los consumidores y de los empresarios para seguir con el dispendio estatal.

Martínez señaló que se acordó la iniciativa “Empresarios por la reconstrucción” en la que prevén reagrupar los esfuerzos de la empresa privada para dar apoyo privado a los damnificados por el terremoto del 16 de abril pasado. Indicó que en las próximas semanas se presentará la estrategia. (I)

Fuente: http://www.eluniverso.com/noticias/2016/05/20/nota/5589207/empresarios-se-quejaron-bullyng-normativo

Comentario

El Comité Empresarial Ecuatoriano sesionó ayer en Guayaquil y se pronunció sobre las últimas reformas tributarias., y se estableció una queja denominada Bullyng Normativo. Se enfoca necesariamente por la disminución de las ventas en todos los sectores de la economía; disminución que afecta la liquidez empresarial manifestando que en nueve años van 52 reformas entre leyes y reglamentos.

Las reformas tributarias, no son previamente analizadas y poco se considera la participación de los sectores económicos, en tal virtud traigo a consideración lo siguiente las Pymes son aquellas que generan mayor empleo, ventas y contribuciones tributarias,  porque no crear verdaderos incentivos políticos y fiscales.

En la Ley de Equilibrio de las Finanzas Públicas recién publicada en el registro oficial, se establece una diferencia sobre el cálculo del anticipo del impuesto a la renta, donde sólo se considera a las microempresas, entonces me pregunto, ¿existe incentivo tributario ?

Un efecto importante de este requerimiento, es la iliquidez en la que se puede incurrir por el pago de estos valores sin saber se venderá o se generará utilidades en iguales proporciones al año fiscal antecesor.

Karina Peña

Solve

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TIPS PARA LOS CONSUMIDORES

¿Sabías que en Ecuador existe una ley que protege a los consumidores?. Aquí te damos algunos tips, respecto a los derechos que como consumidor tienes:

  1. Tienes derecho a devolver o cambiar un bien o servicio, en los plazos previstos en la ley, cuando no te encuentras satisfecho o este no cumple tus expectativas, siempre que la venta del bien o servicio no haya sido hecha directamente, sino por correo, catálogo, teléfono, internet, u otros medios similares.
  2. Puedes exigir a las empresas o establecimientos que se mantenga un libro de reclamos que estará a disposición del consumidor, en el que se podrá anotar el reclamo correspondiente.
  3. Todos los productos de naturaleza durable tales como vehículos, artefactos eléctricos, mecánicos, electrodomésticos y electrónicos, deberán ser obligatoriamente garantizados por el proveedor para cubrir deficiencias de la fabricación y de funcionamiento. Es decir la garantía es una obligación no una opción.
  4. Está prohibido a los proveedores que a través de cualquier tipo de mensaje induzcan al error o engaño en especial cuando se refiere a: país de origen, comercial o de otra índole del bien ofrecido o la tecnología empleada; el precio, tarifa, forma de pago, financiamiento y costos del crédito; las características básicas del bien o servicio ofrecidos, tales como componentes, ingredientes, dimensión, cantidad, calidad, utilidad, durabilidad, garantías, contraindicaciones, eficiencia, idoneidad del bien o servicio para los fines que se pretende satisfacer y otras.
  5. La ley considerará un solo bien, aquél que se ha vendido como un todo, aunque esté formado por distintas unidades, partes, piezas o módulos, si el bien llega a fallar, el proveedor puede cambiarte solo la pieza y no todo el bien siempre que se garantice su funcionalidad.

En caso de violaciones de estas y otras normas del consumidor, la ley te faculta a reclamar a través de un proceso judicial que se sustancia ante un juez de contravenciones. Consulta con nosotros cuáles son tus opciones.

Ab. Paúl Flandoli

Socio de Solve

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